• LO ÚLTIMO

    IFRA notifica la 51ª enmienda a normas de uso seguro de fragancias

    IFRA 51a enmienda

    La Asociación Internacional de Fragancias (IFRA) publicó la 51ª enmienda a las normas IFRA. Las modificaciones incluyen la actualización y revisión de los estándares existentes, así como nuevos estándares.

    Asimismo, se eliminó la presencia de estructuras químicas y fórmulas empíricas. También se eliminó la referencia al Anexo I (presencia de ingredientes restringidos en sustancias naturales complejas (NCS) o Anexo II (aportes de bases Schiff), que se incluía en versiones anteriores. Esta información quedó integrada en un sólo Anexo – Aportaciones de otras fuentes.

    La 51ª enmienda introduce 48 nuevas normas que establecen restricciones para el uso de fragancias y especificaciones para el uso de un ingrediente. También prohíbe el uso de un ingrediente de fragancia porque no se pudo establecer su nivel de uso seguro (3-acetil-2,5-dimetilfurano debido a su potencial de genotoxicidad).

    Se revisaron además los estándares existentes para 11 ingredientes de fragancias. En suma, con la 51ª enmienda ahora se tienen 263 normas IFRA.


    Firmenich lanza EcoScent para medir sostenibilidad de fragancias

    Industria del cuidado del hogar intensifica limpieza sostenible y aromática

    Comisión Europea restringirá uso de retinol y otros ingredientes cosméticos


    La enmienda considera una guía para el uso de los estándares IFRA que incluye:

    Aclaraciones sobre productos de papel
    Aclaraciones sobre la categorización de toallitas suavizantes, toallitas para secadora y kits de limpieza en seco
    Categorización de aerosoles para almohadas
    Categorización de difusores de láminas
    Manejo de rastros
    Consideraciones sobre fototoxicidad para productos de la categoría 6
    Eliminación de la terminología “bloqueador solar” en la guía
    Aclaración de que el desmaquillante para rostro y ojos también incluye la posible exposición de los labios
    Aclaración sobre “lociones de todo tipo para después de afeitar” en la categoría 4

    Los plazos de implementación de las restricciones quedaron como sigue:

    Para nuevas creaciones serán nueve meses hasta el 30 de marzo de 2024 y para las ya existentes serán 28 meses hasta el 20 de octubre de 2025.

    Fuentes consultadas: IFRA, UL News, EcoMundo.
    Back to top