La Asociación Internacional de Fragancias (IFRA) publicó la 51ª enmienda a las normas IFRA. Las modificaciones incluyen la actualización y revisión de los estándares existentes, así como nuevos estándares.
Asimismo, se eliminó la presencia de estructuras químicas y fórmulas empíricas. También se eliminó la referencia al Anexo I (presencia de ingredientes restringidos en sustancias naturales complejas (NCS) o Anexo II (aportes de bases Schiff), que se incluía en versiones anteriores. Esta información quedó integrada en un sólo Anexo – Aportaciones de otras fuentes.
La 51ª enmienda introduce 48 nuevas normas que establecen restricciones para el uso de fragancias y especificaciones para el uso de un ingrediente. También prohíbe el uso de un ingrediente de fragancia porque no se pudo establecer su nivel de uso seguro (3-acetil-2,5-dimetilfurano debido a su potencial de genotoxicidad).
Se revisaron además los estándares existentes para 11 ingredientes de fragancias. En suma, con la 51ª enmienda ahora se tienen 263 normas IFRA.
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La enmienda considera una guía para el uso de los estándares IFRA que incluye:
Aclaraciones sobre productos de papel |
Aclaraciones sobre la categorización de toallitas suavizantes, toallitas para secadora y kits de limpieza en seco |
Categorización de aerosoles para almohadas |
Categorización de difusores de láminas |
Manejo de rastros |
Consideraciones sobre fototoxicidad para productos de la categoría 6 |
Eliminación de la terminología “bloqueador solar” en la guía |
Aclaración de que el desmaquillante para rostro y ojos también incluye la posible exposición de los labios |
Aclaración sobre “lociones de todo tipo para después de afeitar” en la categoría 4 |
Los plazos de implementación de las restricciones quedaron como sigue:
Para nuevas creaciones serán nueve meses hasta el 30 de marzo de 2024 y para las ya existentes serán 28 meses hasta el 20 de octubre de 2025.