Con el patrocinio de la Asociación Nacional de Fabricantes de Productos Aromáticos (ANPFA), la International Fragrance Association (IFRA) impartió en México el taller ‘Proceso de establecimiento de normas y la Enmienda 49’, relacionado con la actualización de los estándares globales de seguridad de las sustancias aromáticas.
Las nuevas normas de la Enmienda 49 —de acuerdo con IFRA— derivan de un nuevo enfoque de evaluación de la seguridad de las fragancias, encaminado a fortalecer el marco de autorregulación global, favorecer tanto las operaciones de los fabricantes de materias aromáticas como de quienes las utilizan en la manufactura de productos finales, pero sobre todo, para ofrecer transparencia y mantener la confianza de los consumidores.
Durante el proceso se actualizaron 91 estándares de la Enmienda 48 —aún vigente y compuesta por 191 estándares— y se establecieron 25 más; por lo que la Enmienda 49 terminó conformándose por 214 estándares.
El taller estuvo a cargo de Matthias Vey, vicepresidente Científico, y de Cécile González, gerente de Asuntos Científicos y Regulatorios, ambos de IFRA. La plática se dirigió a las autoridades federales; a las industrias de cosméticos, cuidado personal y cuidado del hogar; así como al propio sector de fragancias del país.
La Enmienda 49 entró en vigor el 10 de enero pasado, de modo que los fabricantes de fragancias tendrán hasta el 10 de febrero de 2021 para cumplir con los nuevos estándares en lo que atañe a las nuevas creaciones; y hasta el 10 de febrero de 2022 en lo correspondiente a las creaciones existentes.
Matthias Vey aclaró que los certificados de la Enmienda 48 seguirán vigentes mientras los estándares de la Enmienda 49 no sean obligatorios; una vez cumplida la fecha de gracia, las empresas adheridas a IFRA no podrán suministrar ingredientes fuera de norma.
Los cambios contenidos en la nueva enmienda responden a la necesidad de realizar diagnósticos más apegados a la realidad, según el uso que el consumidor hace de los productos, para permitir un mayor nivel de seguridad en las fragancias.
Hasta ahora, según comentó el especialista de IFRA, las estadísticas muestran que la alergia a las fragancias continúa siendo la segunda causa más frecuente de alergias en el mundo, sin embargo, los diagnósticos se dan a partir de una reacción sintomática generalizada sin analizar la exposición a ingredientes individuales para determinar la causa real del padecimiento.
“Sería extremadamente importante y muy útil investigar cuál es la causa real de la alergia, porque entonces el consumidor podría evadir ese ingrediente en particular. En cambio, si no supiera tendría que evitar cualquier fragancia, por eso creo que es muy importante identificar cuál fue el ingrediente que causó la reacción”, dijo Matthias Vey.
Cambios y mejoras
Entre los cambios más importantes que se incluyeron en la nueva enmienda, se encuentran: se refinó el proceso de evaluación de riesgos aplicados a los ingredientes de fragancia y se revisó la metodología QRA1 que evaluaba la sensibilización dérmica, para dar origen a la nueva QRA2, que añade la toxicidad sistémica, la fototoxicidad y la exposición agregada.
Cécile González explicó que al incluir el modelo de exposición agregada basado en el consumo real de los productos, ahora se considera que los consumidores usan varios productos cada día, y algunos se aplican en el mismo lugar, lo que podría dar origen a una acumulación de cierto ingrediente en determinada parte del cuerpo, incrementando el riesgo de alergias.
“Esto nos lleva a lo que llamamos factores de corrección que nosotros debemos aplicar, y finalmente vamos a poder determinar niveles de exposición seguros, considerando la exposición agregada; eso es lo que empleamos para las normas”, detalló la científica.
Otro cambio tiene que ver con las categorías. En enmiendas anteriores se consideraban 11 categorías de IFRA para riesgo de sensibilidad dérmica ligadas al hecho de que los productos tenían el mismo tipo de exposición; ahora se consideran 12 categorías basadas en la exposición agregada, es decir, no en la cantidad de producto, sino en qué parte del cuerpo se aplica. De esto se derivaron también algunas subcategorías que se aplican en las categorías 5 y 10 para toxicidad sistémica, y en la categoría 7 para fototoxicidad. Asimismo, por primera vez se incluyen restricciones para los productos de aclarado.
Implementación
“La fecha de notificación fue el 10 de enero de 2020, y como somos conscientes del gran número de estándares que forman parte de la Enmienda 49, pero también del cambio de la categorización de los productos, hemos intentado dar un tiempo suficiente a las industrias, permitiéndoles implementar estos nuevos cambios”, explicó Cécile Rodríguez.
Es por eso que se estableció un período de seis meses para la implementación de los estándares asociados con las nuevas creaciones, y de 18 meses para las creaciones existentes, de tal manera que a partir del 10 de febrero de 2022, todas las certificaciones basadas en la Enmienda 48 ya no serán válidas.
Cabe mencionar que el taller también sirvió para explicar a las autoridades mexicanas la estructura y el trabajo de autorregulación que le da soporte a la industria global de las fragancias; IFRA está integrada por 21 asociaciones agrupadas en cuatro regiones: Norteamérica, Latinoamérica, Europa y Asia-Pacífico, que en conjunto representan cerca del 80% de la producción global de fragancias.
En el taller participaron representantes del Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia (CENAP), de la Fiscalía General de la República (FGR); de la Administración General de Aduanas (AGA); y de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS).
Asimismo, se contó con la asistencia de empresas asociadas a la Cámara Nacional de la Industria de Productos Cosméticos y de la Asociación Nacional de la Industria del Cuidado Personal y del Hogar (CANIPEC); de la Rama Industrial 29 Fabricantes de Sabores y Colorantes para Alimentos y Fragancias de la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (CANACINTRA); y de la Cámara Nacional de la Industria de Aceites, Grasas, Jabones y Detergentes (CANAJAD).
Toda la información sobre la nueva Enmienda 49 se encuentra en la página web de IFRA: https://ifrafragrance.org/