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    Avanza proyecto para regular COV’s en productos de cuidado personal

    Desde febrero de 2020, la Secretaría de Economía (SE) y los representantes de las industrias de cosméticos, cuidado personal y cuidado del hogar, conformaron un grupo de trabajo para discutir y definir el ‘Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana. Productos de limpieza de uso doméstico y cosméticos. Límites máximos permisibles de contenido de Compuestos Orgánicos Volátiles (COV´s)’.

    El anteproyecto de norma —propuesto por la autoridad— tiene como objetivo reducir las emisiones de precursores de ozono, tales como metano, propano, butano, n-butano, entre otros, denominados COV´s. Los tres últimos empleados en la fabricación de productos de cuidado personal y cuidado del hogar. Los COV´s inciden tanto en la contaminación atmosférica como en la salud de la población.

    La implementación de la propuesta original de la SE, implicaba para las industrias involucradas realizar fuertes inversiones económicas y ajustes a los procesos de fabricación, lo que tendría un impacto importante en la competitividad de estas.

    Sin embargo, después de un año de reuniones, el anteproyecto de NOM ha tenido distintos acotamientos, mismos que le permiten al sector productivo pensar en la viabilidad de implementar las nuevas medidas regulatorias sin poner en riesgo su operatividad.

    Efectos ambientales y a la salud

    La contaminación del aire es uno de los principales problemas ambientales y de salud en las grandes ciudades del mundo. La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha llamado a los gobiernos a tomar medidas para reducir los niveles de contaminación atmosférica para mejorar la salud de la población.

    El informe ‘Estado Global del Aire 2020’ señala que la mala calidad del aire fue responsable en 2019 de más de 6.67 millones de muertes a nivel mundial. La OMS asegura que entre las enfermedades asociadas a la contaminación del aire se encuentran asma, neumopatía obstructiva crónica, cardiopatía isquémica, accidentes cerebrovasculares y cáncer de pulmón.

    A nivel global múltiples gobiernos están implementando acciones que ayuden a mejorar las condiciones ambientales. Una de ellas es la aplicación de procedimientos para controlar y restringir la emisión de contaminantes provenientes del sector industrial.

    La organización ambientalista Greenpeace, reveló en un estudio reciente que la Ciudad de México es la quinta urbe más contaminada del mundo; un problema que tan sólo entre enero y junio de este año se asoció con la muerte prematura de alrededor de 11,000 personas.

    Las autoridades mexicanas reconocen que en las dos últimas décadas las concentraciones de contaminantes habían mostrado una tendencia decreciente, sin embargo, advierten que en los últimos años se ha registrado un ligero incremento en partículas PM 10 y PM 2.5 y en el ozono, el cual supera las especificaciones de la NOM-020-SSA1-2014.

    Precedentes regulatorios

    A finales de 2019 la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAM) presentó un plan con ‘19 medidas para mejorar la calidad del aire en la Zona Metropolitana del Valle de México’, el cual tiene como objetivo incidir en la calidad de vida de las personas y contribuir a mitigar los efectos del cambio climático.

    El plan considera tres metas prioritarias:

    1. Reducir las emisiones de partículas (PM 10 y PM 2.5) y la formación de partículas secundarias.
    2. Reducir las emisiones de precursores de ozono (COV´s y NOx).
    3. Reducir las emisiones de contaminantes climáticos.

    De acuerdo con la CAM, los principales generadores de precursores de ozono y partículas (PM 2.5) secundarias son: fugas e instalaciones de gas LP, vehículos a gasolina, industria, sector de limpieza y mantenimiento, productos de cuidado personal, y productos de cuidado doméstico (Gráfica 1).

    La segunda medida del plan de la CAM se enfoca en la ‘Reducción de Compuestos Orgánicos Volátiles en recubrimientos y productos de uso doméstico’. Entre las acciones que se contemplan, destacan: propuesta de anteproyectos de NOM elaborados por el Centro Mario Molina; y límites de contenido COV´s en artículos de limpieza de uso doméstico y cuidado personal, mismos que serán establecidos por la SE.

    Gráfica 1. Principales fuentes emisoras de COV´s en la ZMVM. Fuente: CAM

    En febrero de 2020 la SE convocó al sector industrial para discutir y elaborar el Anteproyecto de NOM referido. Durante el proceso han participado de manera activa la Cámara Nacional de la Industria de Productos Cosméticos y la Asociación Nacional de la Industria de Productos del Cuidado Personal y del Hogar (Canipec); el Instituto Mexicano del Aerosol (Imaac); y la Cámara Nacional de la Industria de Aceites, Grasas, Jabones y Detergentes (Canajad).

    Estatus del Anteproyecto

    Los estudios de la SE refieren que en el país se emiten al año aproximadamente 12 millones de toneladas de COV´s; de las cuales, 81.6% son de origen natural, y 18.4% de origen antropogénico. Las industrias de cosméticos y productos de aseo doméstico, por su parte, emiten alrededor de 132,000 toneladas, equivalente al 1.1% del total de COV´s generados al año.

    El objetivo y alcance de la NOM es establecer límites permisibles de contenido de COVs en productos cosméticos y de aseo domésticos de fabricación nacional o extranjera que se comercialicen en México. Se espera que la regulación pueda reducir hacia el 2024 entre 20% y 25% los COV´s emitidos por estos productos, lo que representaría unas 17,000 toneladas.

    A partir de las mesas de trabajo sostenidas entre la autoridad y la industria, el Anteproyecto de NOM ha tenido una serie de adecuaciones, entre ellas las siguientes:

    Se determinó que los productos cosméticos y de aseo doméstico emiten el 1.1% del total de COV´s generados al año.
    Se incluyeron términos y definiciones de los productos para acotar el alcance de la norma.
    Se eliminó la aplicación de etiquetado obligatorio.
    Se estableció una tabla para determinar los límites permisibles de COV´s en aromatizantes; limpiadores de azulejos, baños y vidrios; protectores textiles; ceras para piso (no resiliente y madera); productos para muebles; limpiadores de uso general; spray, mousse y gel para cabello; removedor de esmalte para uñas; espuma para afeitar; y productos de prelavado y almidón para ropa.
    Se estableció una tabla para determinar los límites permisibles para Compuestos Orgánicos Altamente Volátiles (COAV´s) para desodorantes y antitranspirantes axilares.
    Se excluyeron del alcance de la norma insecticidas, limpia parabrisas, entre otros.
    Se incluyó un listado de COV´s exentos, entre ellos el propano.
    Se estableció un método de cálculo teórico, y no experimental, para determinar los COV´s.
    Se mantienen las discusiones para determinar el porcentaje que podría quedar exento de n-butano, que podría oscilar entre 20% y 40%.
    Se mantienen las discusiones para determinar el período de transición, cuya propuesta considera nueve años.

    Perspectiva del sector aerosol

    Si bien la finalidad de la regulación es disminuir la generación de COV’s para mejorar la calidad del aire, y con ello favorecer la salud de la población, para las empresas del sector resulta compleja la implementación.

    El ingeniero Humberto Uc, quien ha participado en las mesas de trabajo en representación del Imaac, considera que no existe una necesidad prioritaria de regular las emisiones de sustancias generadoras de COV´s en el sector de productos cosméticos y de aseo del hogar, pues sólo emiten el 1.1%, una proporción mínima comparada con las de otras actividades industriales.

    También señala que la implementación de la norma podría reducir la fabricación local y enfrentarse a la necesidad de reformular los productos para cumplir con los límites de COV´s establecidos, “Lo cual trae consigo el tomarse el tiempo para realizar pruebas de estabilidad, irritabilidad, compatibilidad, etc.”

    Agrega que la norma obligará a las empresas a tomar en consideración los siguientes puntos: Reformular productos que no alcancen el porcentaje de COV´s establecidos; realizar los estudios requeridos para garantizar que los mismos cumplan con su funcionabilidad.

    De igual manera, llevar a cabo nuevos trámites ante oficinas regulatorias y de gobierno; ejecutar las adecuaciones al proceso de fabricación, así como a la infraestructura de las plantas de producción. Afirma que estas medidas tendrán un impacto económico para las empresas.

    Respecto a la posibilidad de cambiar la presentación de los productos que generan mayor cantidad de COV´s, por ejemplo, los aerosoles, el entrevistado responde: “La industria del aerosol sí se verá afectada, ya que utiliza propelente hidrocarburo, y a estos los están considerando como sustancias emisoras de COV´s. Sin embargo, se trabaja para demostrar a la autoridad que son sustancias de origen natural y con menor vida atmosférica, en comparación a otras que han exentado”.

    Agrega que “Cambiar a otras presentaciones de empaque se perderían los beneficios de aplicación y de salud que proporcionan los aerosoles. Cabe hacer mención que del 1.1% de emisiones de COV´s de la industria cosmética y de productos de aseo del hogar, el 0.6% se atribuye a los aerosoles”, remarca el especialista.

    “Si esta norma se aplica a los sectores más contaminantes y que son mayores emisores de COV´s, como la quema de combustible fósil y despachadores de gasolina, se reducirá la formación de ozono troposférico y se verá reflejado en una mejor calidad del aire”, concluye el representante del Imaac.

    Las mesas de trabajo continúan entre los industriales y la SE, por lo que el Anteproyecto de NOM seguirá registrando adecuaciones en las siguientes semanas.


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